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Facturar electrónicamente a las Administraciones Públicas

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Si usted es proveedor de bienes o servicios a las Administraciones del Estado, debe saber que -desde enero de 2015- las facturas dirigidas a las Administraciones Públicas deberán ser electrónicas.  Le informamos sobre cómo cumplir la obligación de expedir facturas electrónicas en las relaciones contractuales con las Administraciones. 

Esta obligación afectará a los tres niveles de la Administración del Estado:

Esta obligación afectará a los tres niveles de la Administración del Estado:

  • Administración General del Estado (Estatal).
  • Comunidades Autónomas (Autonómica).
  • Administración Local (Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos insulares, etc.).

Y también a:

  • Organismos autónomos.
  • Universidades Públicas.
  • Entidades de derecho público.
  • Órganos constitucionales.
  • Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
¿Hay excepciones?
  • Las entidades públicas empresariales estatales y los organismos asimilados dependientes de las Comunidades Autónomas y Entidades locales.
  • Las sociedades mercantiles en las que más del 50% del capital social pertenezca directa o indirectamente a una administración pública.
¿Qué necesito para crear una factura electrónica para las Administraciones Públicas?

Hay dos formas de hacerlo:

¡En ambos casos, asegúrese de que cumplen todos los requisitos específicos de las AA.PP.!

Si trabaja usted en una pequeña o mediana empresa, o es autónomo, puede utilizar el programa informático gratuito que ofrece el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

¿Cómo tienen que ser las facturas electrónicas para las Administraciones Públicas?

Las facturas electrónicas destinadas a las Administraciones Públicas tienen tres requisitos específicos:

Si compra un programa informático o contrata un servicio de facturación electrónica para crear facturas destinadas a las Administraciones Públicas.

¡asegúrese de que cumple todos los requisitos específicos de las AA.PP.!

El programa informático gratuito que ofrece el Ministerio de Industria, Energía y Turismo cumple todos estos requisitos.

¿Cómo firmo electrónicamente una factura electrónica para las Administraciones Públicas?

Para firmar electrónicamente una factura dirigida a las AA.PP. necesita utilizar un certificado electrónico reconocido.

El programa informático o servicio de facturación que emplee le indicará cómo usarlo.

En caso de utilizar la intermediación de un prestador de servicios de facturación electrónica (expedición por un tercero), será este el que firme electrónicamente sus facturas.

¿Cómo envío la factura electrónica a las Administraciones Públicas?

Las facturas electrónicas dirigidas a las AA.PP. se envían a través de los puntos generales de entrada de facturas electrónicas del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.

Un punto general de entrada de facturas electrónicas es una ventanilla electrónica única de entrada de todas las facturas electrónicas dirigidas a una determinada administración (Administración General del Estado, Comunidad Autónoma o Entidad Local).

El envío de la factura electrónica se realizará a través de Internet. Los métodos más habituales son:

  • a través del portal web del punto general de entrada de las facturas electrónicas.
  • mediante la conexión automática entre el programa informático o el servicio de facturación electrónica y el punto general de entrada de las facturas electrónicas.

Los puntos generales de entrada de facturas electrónica le permiten también conocer el estado de tramitación de sus facturas.

Muy importante: el envío de la factura electrónica al punto general de entrada producirá su registro automático en un registro electrónico administrativo, satisfaciendo así la obligación de que todas las facturas dirigidas a las AA.PP. tengan que registrarse en un registro administrativo.

¿Cuál es el punto general de entrada de la Administración General del Estado?

Se denomina FACe

Puede acceder a su portal web haciendo clic en FACe o tecleando en su navegador www.face.gob.es .

En esta web puede:

  • Enviar facturas a la Administración General del Estado u otras administraciones adheridas.
  • Consultar el estado de sus facturas.
  • Consultar el directorio de unidades para conocer el código de identificación de la unidad destinataria.
  • Descargar el programa informático gratuito que ofrece el Ministerio de Industria, Energía y Turismo (*).
  • Obtener ayuda.

Fuente: FACTURAE http://www.facturae.gob.es/que-desea/Paginas/administraciones-publicas.aspx#dt1


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