Asesoria y Consultoria Alicante Asesoria y Consultoria Alicante Asesoria y Consultoria Alicante Asesoria y Consultoria Alicante

Noticias

La CNMV regula el contenido de las web de las cotizadas y los datos mínimos que deben publicarse

 

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha publicado un proyecto de Circular sobre la información que deberán contener las páginas web de las sociedades anónimas cotizadas y las cajas de ahorros que emitan valores admitidos a negociación en mercados oficiales de valores, a partir del próximo día 1 de enero de 2016.

Las entidades extranjeras con acciones cotizadas en mercados secundarios oficiales españoles deberán contar con su página web, aunque adaptada a la regulación de su país de origen.

El proyecto también establece que las páginas web deberán estar redactadas, al menos, en castellano, deberán poderse imprimir, y tendrán que tener títulos y contenidos claros y significativos, y con un lenguaje adecuado al inversor medio, evitando hasta donde sea posible el uso de tecnicismos.

Las empresas cotizadas deberán dividirla información en su página web en tres partes diferenciadas: datos generales de la sociedad; información económico financiera; y gobierno corporativo.

Datos generales y económicos

En la primera de las áreas será obligatorio abrir una decena de apartados informativos: cauces de comunicación con la sociedad; la acción y el capital social; agenda del inversor; dividendos; emisiones; ofertas públicas de adquisición de acciones (opa); estatutos; hechos relevantes; pactos parasociales; y el de participaciones significativas.

Con respecto a la información económica y financiera, se deberá incluir información pública periódica de remisión obligatoria a la CNMV de acuerdo con la normativa vigente; los textos íntegros del informe de auditoría, cuentas anuales auditadas (individuales y consolidadas), informe de gestión y la memoria anual; y los textos íntegros de la información remitida, con el carácter de pública, a otros organismos reguladores en el supuesto de que sea distinta de la elaborada bajo preceptos españoles.

Será obligatorio publicar y mantener en la página web del rating, si la sociedad ha solicitado de una entidad calificadora, una evaluación de su riesgo o del de cualquiera de sus emisiones de valores, así como el periodo medio de pago a proveedores, que en el caso de caso de que sea superior al establecido en la normativa sobre morosidad, se incluirán las medidas que la sociedad va a adoptar para reducir este plazo en el ejercicio siguiente.

Estructura de administración

En el ámbito del gobierno corporativo, las sociedades anónimas cotizadas deberán incluir en su página web el Reglamento de la Junta General de Accionistas completo, indicando la fecha de su aprobación. Y en la misma línea, los textos íntegros de la convocatoria y orden del día de la Junta.

Se incluirán, además, los textos completos de las propuestas de acuerdos a tomar y de la documentación disponible para el accionista con anterioridad a la Junta.

En su caso, habrá informes de administradores, de la comisión de nombramientos y remuneraciones, de los auditores, de expertos independientes y cuanta información sea exigida por la normativa vigente, así como cualquier información relevante que puedan precisar los accionistas para emitir su voto.

Con respecto a la celebración de la junta general, se detallarán los cauces de comunicación existente entre la sociedad y los accionistas y, en particular, las explicaciones pertinentes para el ejercicio del derecho de información.

Se incluirán las solicitudes validadas de información, aclaraciones o preguntas realizadas por escrito por los accionistas sobre los asuntos comprendidos en el orden del día de la Junta, así como las respuestas dadas a esas solicitudes.

Será obligatorio publicar las delegaciones de voto y se indicarán los medios y procedimientos para el ejercicio del voto a distancia, incluidos los formularios para acreditar la asistencia y el ejercicio del voto por medios telemáticos.

Se informará sobre el desarrollo de las Juntas celebradas, así como de la composición del consejo de administración, su reglamento, la remuneración de sus miembros, política retributiva, comisiones del consejo y el foro de accionistas.

Fuente:  La CNMV regula el contenido de las web de las cotizadas - elEconomista.es  http://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/6569003/03/15/La-CNMV-regula-el-contenido-de-las-web-de-las-cotizadas.html#Kku8tigMAUGhaU8j

volver
Diseño Web Alicante - idominiun